Tribunal Supremo de Justicia suspende «todos los efectos» de las primarias

El Tribunal Supremo de Justicia emitió sentencia que ordena suspender «todos los efectos de las distintas fases de las primarias».

Esto tras un recurso contencioso en esta materia interpuesto por el aspirante,  José Brito Rodríguez.

A través de la sentencia 122, divulgada este lunes por esta instancia se detalla que la demanda de Brito obedece a un «amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primarias».

«Proceso que se efectuó para para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024».

Tribunal  Supremo de conformidad con el articulo 184

El fallo indicó que la Sala tiene «competencia» para conocer la denuncia de Brito. Así como «todos los actos dictados en el «proceso» del evento político de primarias».

Este ordena a la Comisión opositora remitir, los antecedentes administrativos de las 25 fases que deben regir al proceso electoral.

Lo anterior, «de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia».

Esto incluye: La convocatoria y su constitución como Comisión Electoral y el cronograma. Así como el registro y las postulaciones «con sus lapsos de impugnación y depuración».

En el caso de las postulaciones, el TSJ indicó que la Comisión debe presentar el acta de aceptación de la candidatura primaria de «la ciudadana inhabilitada de manera firme por 15 años, María Corina Machado quien fue proclamada como ganadora».

Aunado a «las renuncias del ciudadano Henrique Capriles y Freddy Superlano, inhabilitados de manera firme por 15 y 7 años, respectivamente. Y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura».

«incluidas las actas de constitución de las mesas electorales, los cuadernos de votación, las papeletas de votación, las actas de escrutinios, así como las actas de totalización regionales, el acta de totalización definitiva, el acta de adjudicación y la de proclamación»

Del mismo, modo un informe «sobre los aspectos de hecho y de «derecho» que detalle «el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto».

Los organizadores de las primarias opositoras deben presentar ante este organo judicial toda la documentación del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, en un máximo de tres días a partir de este lunes.

Delitos contra la Constitución

La Sala Electoral también ordena notificar al fiscal general, Tarek William Saab, sobre el fallo, «con vista a las múltiples y graves denuncias relacionadas con dicho evento electoral».

Las cuales han sido formuladas por el diputado Brito, representantes de los Poderes Públicos del Estado y otros actores políticos a través de medios de comunicación.

Con relación a esto la  instancia judicial, considera que estos hechos «pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», así como también ilícitos electorales y delitos comunes.

Prensa Digital MippCI/ Efraín Sequera

 

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