En Gaceta Oficial productos y servicios exonerados de impuestos de importación

Mediante Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.393, el Presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, estableció los productos que estarán sujetos a exoneración de impuesto de importación y tasa por servicio de aduana, de acuerdo a lo anuncios realizados el pasado 25 de julio.

El objetivo de implementar dicha exoneración es garantizar las condiciones adecuadas de producción de rubros estratégicos, el abastecimiento de artículos de primera necesidad y de consumo masivo, así como productos fundamentales para la producción nacional.

Por lo tanto, esta resolución conjunta de los ministerios de Industria y Producción Nacional, Economía y Finanzas, Agricultura Productiva y Tierras, Pesca y Acuicultura, Alimentación, Salud, Petróleo, y Comercio Exterior e Inversión Internacional; establece cuales son las mercancías sujetas a esta exoneración hasta el 31 de diciembre de 2019, esto corresponde a bienes nuevos o usados destinados a la industria manufacturera o los productos constitutivos de insumos, materia prima, repuestos, consumibles y rotables, equipos, herramientas y maquinarias para la agricultura y agroindustria, no producidos en el país o con producción insuficiente.

Igualmente, señala que los productos elaborados de los sectores textiles; calzados; alimentos; lubricantes y sus derivados; productos para el aseo personal y para la higiene y limpieza del hogar, y medicamentos, son los que se beneficiarán con la exoneración de impuestos hasta el 31 de diciembre de 2018.

Asimismo, se explica que esta exoneración no exime el cumplimiento de otras regulaciones y obligaciones legales previstas en el ordenamiento jurídico del país.

Por su parte, cabe destacar que esta medida aplica para las importaciones realizadas por los órganos de la Administración Pública, personas naturales o jurídicas que adquirieron la mercancía con recursos propios.

Descargue la Gaceta-Oficial-Extraordinaria-6393

Prensa Digital MippCI

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