TSJ suspendió sesiones de la AN realizada entre abril y mayo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), suspendió siete sesiones de la Asamblea Nacional (AN), realizadas entre el mes de abril y mayo por haber violado el reglamento interno del Parlamento.

La orden del máximo tribunal venezolano responde a dos demandas de nulidad interpuestas el 9 y el 19 de mayo pasado por diputados del Bloque de la Patria, que acusan a la directiva de la AN de haber incumplido los lapsos legales para la convocatoria de las sesiones.

Se conoció que la AN se ha empeñado en desacatar las decisiones del Poder Judicial de forma reiterada.

Vale destacar que la petición de regular el reglamento interior  y debate fue hecha en el 2011 por representantes de la oposición, los mismos que ahora no se apegan a la normativa.

En exigencia de cumplimiento de la sentencia N° 269 del 21 de abril 2016

Con ocasión a la solicitud de nulidad, conjuntamente con acción de amparo cautelar, interpuesta por un grupo de diputados contra varias sesiones de la AN, ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional suspendió de manera cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas.

Asimismo, la sentencia con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, ordenó requerir de manera cautelar a la AN a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Prensa MippCI con información de Prensa del TSJ

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