En Gaceta Oficial Nº 6.122 providencias para adquisición de divisas

Este viernes circula la Gaceta Oficial Nº 6.122 donde se publica la providencia del Centro Nacional de Comercio Exterior con las especificaciones relacionadas a la adquisición de divisas para usos en el extranjero y compras electrónicas.

Además, incluye las providencias relacionadas con el uso de las tarjetas de crédito en el exterior, las remesas familiares y pago de operaciones propias de las líneas aéreas; inversiones internacionales, pagos de regalías, y operaciones propias de las aseguradoras.

Una de las principales especificaciones que se desprenden de la Gaceta es la reducción del cupo para compras electrónicas de 400 dólares a 300 dólares al año.

El texto señala que “Cadivi podrá autorizar hasta un monto máximo de 300 dólares o su equivalente en otra divisa para el pago de consumos y bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito, mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero desde Venezuela”.

El Centro Nacional de Comercio Exterior instruye a Cadivi a que proceda a las modificaciones de los textos legales arriba mencionados.

También el Banco Central de Venezuela (BCV) publica el Convenio Cambiario N° 25 que establece que la liquidación de divisas se efectuará al tipo de cambio resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sicad y que sera publicado a través de la página web del Banco Central de Venezuela.

El nuevo tipo de cambio incluye, además del uso de las tarjetas de crédito en el exterior, las operaciones electrónicas con proveedores extranjeros.

Asimismo se señala que la coordinación, el control, requisitos, procedimientos corresponde ahora al Centro de Comercio Exterior Nacional.

 

AVN/RNV

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