Oficializado aumento salarial anunciado por el presidente Maduro

Con la publicación del Decreto Presidencial número 2.504 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 6.269 Extraordinario, quedó oficializado el aumento del salario mínimo anunciado por el presidente Nicolás Maduro, el pasado jueves 27 de octubre.

El decreto establece el incremento en un veinte por ciento (20%) del salario mínimo nacional mensual obligatorio, para los trabajadores del sector público y privado, fijándolo en veintisiete mil noventa y dos bolívares con diez céntimos (Bs. 27.092,10) mensuales; vigente desde el 1 de noviembre.

Este ajuste también aplica para pensionados y jubilados.

En el contexto de los ajustes salariales, también se establece el sistema de remuneraciones de los funcionarios (Decreto N° 2.508) y obreros (Decreto N° 2.509) de la Administración Pública Nacional.

Bono de alimentación

Asimismo, fue publicado en la misma Gaceta el decreto 2.505, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del bono de alimentación, también llamado Cestaticket Socialista, para los trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados, a doce Unidades Tributarias (12 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes.

Esta nueva base equivale a la cantidad de sesenta y tres mil setecientos veinte bolívares sin céntimos (Bs. 63.720,00), vigente desde el 1 de noviembre de 2016.

Tres meses de aguinaldos para pensionados

El pago de aguinaldos para los pensionados anunciado por el presidente Nicolás Maduro, también quedó oficializado.

El decreto 2.506 ordena el pago de tres (3) meses a las pensionadas y los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, calculados con el nuevo monto del salario mínimo (Bs. 27.092,10).

Tarjetas Socialistas

En la referida Gaceta también se incluye el Decreto N° 2.511, mediante el cual se incrementa el monto único mensual que corresponda asignar a cada grupo familiar a través de la Tarjeta de las Misiones Socialistas para los Hogares de la Patria, a la cantidad de treinta y nueve mil bolívares sin céntimos (Bs. 39.000,00).

Prensa MippCI con información de CO

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