Sundde sancionó a más de 40 centros de salud privados

Con el fin de defender al pueblo venezolano, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), sancionó a 43 clínicas por incurrir en los delitos de especulación y condicionamiento en los servicios médicos.

La información la dio a conocer el ministro del Poder Popular para el Comercio Nacional, William Contreras, a través de su cuenta en la red social Twitter, donde escribió lo siguiente: “Esta es la lista de los 43 centros de salud privado que sancionamos por incurrir en delitos de especulación y condicionamiento en los servicios, respondiendo a las denuncias recibidas y manteniendo los mecanismos de supervisión como lo instruyó el Pdte. @NicolasMaduro”.

Las clínicas fueron citadas a comparecer ante la Sundde para hacer entrega de su estructura tarifaria de servicios y procedimientos, debido a las múltiples denuncias realizadas por los usuarios, ante cobros exorbitantes en los servicios médicos, los cuales eran condicionados a ser pagados en moneda extranjera.

Los centros de salud sancionados incumplieron con la Ley Orgánica de Precios Justos en sus artículos: 46, infracción por incumplimiento de formalidades; 49, especulación y 56 condicionamiento.

Estos procesos de revisión a las clínicas se realizan para garantizar la salud como derecho fundamental, la prestación de los servicios a precios justos y sin condicionamiento, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 83.

La Sundde como ente regulador de precios exhorta a dichas clínicas a mantener los presupuestos por un lapso de 30 días continuos, con los montos expresados en moneda nacional, así como también la aceptación de la carta aval sin discriminación ni condicionamiento alguno.

El ministro William Contreras dio instrucciones de continuar los mecanismos de supervisión a los centros de salud privados para continuar garantizando la defensa de los derechos socioeconómicos del pueblo.

La notificación posterior a la emitida el pasado 07 de junio establece:

* PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el presente asunto llevado por esta Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos.

* SEGUNDO: Se ordena IMPONER contra los sujetos de aplicación de los centros de salud privados que fueron notificados el día 07 de junio de 2019, las siguientes sanciones:

A) PRIMERO: Los que no hayan consignado la información requerida de los procedimientos y costos de salud, serán multados por las infracciones contenidas en el artículo 46 numerales 11 y 15.

B) SEGUNDO: Aquellos sujetos de centros de salud que hayan vulnerado los derechos individuales serán MULTADOS con el VEINTE POR CIENTO (20%.) calculada sobre el valor de los ingresos netos anuales del infractor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 numerales 2,7,11, determinado en el primer aparte del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos en concordancia con el artículo 77, según procedimiento iniciado y notificado en la fecha 07/06/2019.

* TERCERO: Los centros de salud privados que pudieran estar incurso en la comisión de los delitos de CONDICIONAMIENTO y USURA, serán sancionados conforme a lo establecido en los artículos 56 y 58 de la misma Ley.

Prensa Digital MippCI

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