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Caracas, 2 de septiembre de 2010
28 de junio de 2009
OEA condena el golpe de Estado en Honduras y no reconocerá a Micheletti
La resolución fue aprobada unánimemente y también exige la liberación de Patricia Rodas y de otros ministros y alcaldes detenidos. Enviarán al Secretario Insulza a la reunión del SICA en Managua esta misma noche.
Los países miembros de la Organización de Estados Americanos condenaron por unanimidad el golpe de Estado en Honduras, así como la detención y destitución de Manuel Zelaya. "No se reconocerá ningún gobierno que surja de esta ruptura inconstitucional", indican en su declaración.

A continuación, parte de la resolución:

1. Condenar enérgicamente el golpe de Estado llevado a cabo en la mañana de hoy en contra del gobierno constitucional de Honduras, y la detención arbitraria y expulsión del país del Presidente Constitucional. José Manuel Zelaya Rosales, que produjo una alteración inconstitucional del orden democrático.

2. Exigir el inmediato, seguro e incondicional retorno del Presidente Zelaya a sus funciones constitucionales.

3. Declarar que no se reconocerá ningún gobierno que surja de esta ruptura inconstitucional.

4. Encomendar al Secretario General que, de manera urgente, se haga presente en la reunión del Sistema de la Integración Centroamericana, SICA, que se realizará en Managua, Nicaragua, y que de conformidad con el artículo 20 de la Carta Democrática, lleve adelante todas las consultas que sean necesarias con los estados miembros de la organización.

5. Condenar todo acto de violencia y en especial, la detención arbitraria de la Secretaria de Estado para Relaciones Exteriores, Patricia Rodas, así como el alcalde de San Pedro Zula y otras personas afectadas, y exigir que se respete su integridad física y que sean puestos en libertad de inmediato.

6. Convocar a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea de la OEA a llevarse a cabo en la sede de la organización el martes 30 de junio de 2009, para que éste adopte las decisiones que estime apropiadas conforme a la carta de la OEA, el derecho internacional y las disposiciones de la Carta Democrática Interamericana.

7. Encomendar al Secretario General que remita esta resolución al Secretario general de la Organización de las Naciones Unidas.
YVKE
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