En Perú condicionan atención a personas con Covid-19, entre ellos venezolanos

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cusco demandó al Hospital Regional garantizar la atención de los casos COVID-19 sin condicionamientos por nacionalidad o documentación de identidad, asegurando el acceso a la salud de las personas. Este requerimiento se realiza tras advertir dificultades para que la población extranjera, en especial venezolanos, de poder acceder al servicio de salud en el actual contexto de emergencia sanitaria, señala Venezolana de Televisión (VTV) en su portal web.

Al respecto, la jefa de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cusco, Rosa Santa Cruz, señaló que en el establecimiento de salud mencionado, se presentaron casos en los cuales se limitó el acceso al servicio de salud a personas extranjeras con diagnóstico o sospecha de COVID-19, generando así el incumplimiento de las normas emitidas sobre la materia.

En efecto, según las quejas recibidas por la institución, se le negó la atención médica a una ciudadana venezolana por la presentación del carnet de extranjería. En otro caso, se habría negado la afiliación al SIS de un ciudadano extranjero con diagnóstico confirmado de COVID-19. En ambas situaciones, se trataban de personas que presentaban factores de riesgo.

Cabe indicar que, en el Informe de Adjuntía “Personas venezolanas en Perú. Análisis de su situación antes y durante la crisis sanitaria generada por el COVID-19”, la Defensoría del Pueblo compartió algunas consideraciones sobre las normas emitidas por el Estado en el marco del Estado de Emergencia Sanitario, resaltando el Decreto Legislativo N° 1466. Si bien la mencionada norma permite la afiliación temporal al SIS de personas nacionales y extranjeras, con la presentación de cualquier documento que permita identificar al paciente con diagnóstico o sospecha de COVID-19, se ha viene advirtiendo sobre algunos problemas en su aplicación.

En esa línea, la institución exigió dar las facilidades para asegurar la afiliación de manera temporal al SIS a fin de que se otorguen las prestaciones de salud que requieran hasta recibir el alta definitiva. Asimismo, se requirió promover y garantizar la aplicación de los alcances del Decreto Legislativo N° 1466, favoreciendo así una lucha frontal contra la pandemia.

Finalmente, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cusco reiteró su compromiso con el país para garantizar el acceso a servicios públicos de manera oportuna e igualitaria. Para ello, se recuerda los canales de atención: el correo electrónico odcusco@defensoria.gob.pe y la línea de emergencia 995 622 772.

Prensa Digital MIppCI / VTV

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